Además de participar y vigilar a lo largo de todo el proceso de diseño de leyes y políticas públicas, los ciudadanos reclamamos también el derecho a voto de forma permanente, para poder usarlo cuando lo consideremos oportuno. Puede que muchos crean que ya tenemos ese derecho, pero lo que hacemos hoy en día no es votar sino elegir. Elegir, cada cuatro años, a los que votan por nosotros, sin forma de hacerles llegar nuestra opinión en las votaciones concretas: como un cheque en blanco del que no hay que rendir cuentas. Todas las propuestas que hemos enumerado en el punto de WikiGobierno, naturalmente incluyen la posibilidad y las herramientas para que la ciudadanía pueda ejercer su derecho a voto de forma continuada y permanente.
Votar es mostrar directamente una voluntad política sobre un tema en concreto, ya sea aprobación, desaprobación o indiferencia.
Para hacer esto posible, se establece la posibilidad de votar todas las leyes que se debatan en el parlamento, ya sea por Internet utilizando su DNI electrónico, ya sea con el voto tradicional en papel, en los puntos de votación permanentemente habilitados en ayuntamientos y oficinas de correos.
La posibilidad de votar directamente las leyes no convierte el derecho a voto en una obligación, ni acaba con los empleados públicos electos o con las elecciones de cargos representativos en general, aunque modifica profundamente su función. Ahora estarían al servicio del bien común.
Somos conscientes de que no todos podemos, o ni siquiera queremos, estar decidiendo sobre todo todo el tiempo, pero queremos tener la posibilidad de votar cuando los asuntos nos afecten o interesen.
Se trata de recuperar y ejercer la soberanía, mediante voto, en el momento en que queramos. Sin cheques en blanco.
El derecho a voto permanente constituye un medio de vigilancia efectivo por parte de la ciudadanía, obligando a los representantes a que realicen bien su trabajo, argumenten sus decisiones con datos y estudios rigurosos y den a la ciudadanía las explicaciones oportunas sobre cada proyecto de ley.
Por otra parte, la posibilidad de votar cada una de las leyes permite materializar el acuerdo implícito y/o explícito que una amplia mayoría de la población puede tener sobre determinados temas fundamentales y que se ve habitualmente frustrado por el sistema de partidos actual.
No en vano, decisiones manifiestamente contrarias al sentir de la sociedad como la participación en la guerra de Irak o el pago de la deuda privada de los bancos salieron adelante por el interés directo del partido gobernante o de los partidos mayoritarios.
Podemos tener ideologías diferentes y, en consecuencia, votar opciones políticas diferentes. Pero esto se utiliza normalmente para separarnos y dividirnos de manera artificial sobre otras cuestiones en las que potencialmente sí estaríamos de acuerdo, pues benefician a una amplia mayoría social.
Al mismo tiempo, esto resolvería el problema de que las ILP presentadas por la ciudadanía sean sistemáticamente ignoradas por el Congreso, ya que, de poder ejercer el voto directo y permanente, la propia ciudadanía las podría tramitar y votar en el Pleno de la Cámara, cerrando el círculo de lo que proponemos en el punto de wikigobierno y elaboración colaborativa de leyes.
Funcionamiento
El censo de electores en España es de, aproximadamente, 35 millones de votantes. El Congreso consta de 350 diputados. Podemos concluir que, en relación directa, cada escaño equivale a 100.000 votos. De esta forma, si una determinada ley contara con una participación directa de un millón de personas que votaran desde su casa o desde cualquier otro centro de votación habilitado permanentemente (oficinas de correo, ayuntamientos, etc…), se restaría al conjunto de los diputados el peso de diez escaños, proporcionalmente a cada uno de ellos. Si el número de personas que votaran fuese, por ejemplo, 3.5 millones, cada diputado tendría un voto equivalente a 0,9 escaños, con lo que 35 escaños y sus correspondientes votos, volverían a la ciudadanía. Cuantas más personas decidan
representarse a sí mismas y votar, menos peso tiene el voto parlamentario. Si toda la ciudadanía vota, solo la voz de la ciudadanía decide.
Lo que a priori pueden parecer operaciones matemáticas complejas, puede ser reducido hoy en día a milésimas de segundo.
De hecho la Administración Pública española tiene ya cerca de 90 sedes de firma digital, una de ellas precisamente en el Congreso, pero sólo al servicio de los diputados (que sí pueden votar desde su casa en caso de estar enfermos).
Utilizando los recursos públicos informáticos que ya existen no sería complicado construir una plataforma de votación tanto telemática como analógica en centros de votación, con una sencilla presentación al usuario donde la ciudadanía encontrase:
- Un calendario de votaciones.
- Un foro sistematizado donde obtener toda la información acerca de cada votación.
- Un espacio de discusión y deliberación.
- Un simulador que mostrase los efectos de la votación directa.
- La propia herramienta de votación.
- Un histórico de votaciones, con datos al detalle, gráficas, etc.
Remoción o Moción de Censura.
Un uso particularmente interesante que se puede hacer del derecho a voto real y permanente es el de remover de su cargo a gobiernos que incumplan habitualmente lo que prometieron antes de las elecciones.
Así como está prevista la Moción de Censura dentro del Parlamento, con el derecho a voto real y permanente dicha moción se puede efectuar desde la ciudadanía.
Según el artículo 113 de la Constitución Española el Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política al Gobierno por la vía de la adopción, por mayoría absoluta, de la moción de censura, que tiene que ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y ha de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.
Considerando que la moción debe incluir un candidato a presidente del gobierno, (y es razonable que así sea, porque si no, en el caso de España, implicaría un vacío automático de poder) debería tratarse de un sistema mixto.
Del mismo modo, las siguientes reglas pueden aplicarse para ejercer una moción de censura ciudadana:
Podemos mantener la norma existente por la que una moción de censura ha de ser propuesta por al menos una décima parte del parlamento (para que no se generalicen), lo que en el caso del estado español equivale a 35 diputados. Pero ahora, en lugar de que la única vía de aprobación sea una mayoría absoluta de diputados, la ciudadanía votaría también por el sistema de voto aquí propuesto.
Marco jurídico de referencia
Desarrollo jurídico que conjuga varios ordenamientos: Constitución, Derecho Administrativo y Derecho Tributario, de manera que la implementación de la posibilidad de derecho a voto real y permanente cuando el ciudadano lo desee sólo requiera una modificación del Reglamento del Congreso, evitando la legislación «pesada», que requeriría muchos trámites parlamentarios y votaciones con altos quórum.
Fundamentos Legales
Otros temas:
Trabajar hacia una generalización en el acceso y el uso del DNI electrónico como sistema de identificación única y segura del ciudadano
Esto conlleva:
1.0.- Publicar guía práctica sencilla del uso seguro del DNIE.
1.1.- Proveer de puntos de acceso y participación ciudadana públicos en lugares con problemas de comunicación – acceso (Validación con DNIE, votación, información y otros trámites vía web).
1.2.- Instalar en todo el territorio puntos de renovación de certificados personales (la mayoría actualmente caducados en los DNIE por falta de uso) de fácil uso (relacionado con el punto 1.1).
2.- Proveer de hardware necesario para el uso del DNIe (de manera gratuita o muy barata).
3.- Web de participación interactiva con toda la información al alcance y de fácil accesibilidad usando software libre.
3.1.- Dicha web estaría disgregada, al menos en un primer momento, en función de la administración implicada (Administración Central, CC.AA., Ayuntamientos) o de las iniciativas en marcha.
3.2.- Sistemas de alerta y notificación de eventos importantes (no agobiar con notificaciones constantes pero tampoco abandonar a nadie y decidir por otros…)
Aportaciones que hemos recibido en la consulta ciudadana y que hemos considerado alejadas de los objetivos para los que el Partido X quiere servir y porqué:
- Ha habido un amplio debate en torno a lo que se conoce como Democracia Líquida, que a la posibilidad de votar directamente apareja la de delegar el voto en la persona que se quiera.
Nos decantamos claramente por no incorporar esta posibilidad, coincidiendo con muchas de las opiniones de los participantes, porque consideramos que la delegación deviene un vicio peligroso, ya que entorpece la necesidad de que todos, como sociedad, asumamos la responsabilidad de leer, de aprender, de debatir y, por último, de participar. En lugar de delegar en alguien «experto», hagamos que este alguien nos explique para que ejerzamos nosotros el voto.
Si uno de los puntos fuertes del derecho a voto real y permanente es destruir los núcleos de concentración de poder que se producen con la representación, un sistema de delegación reproduciría en cierta medida los mismos esquemas, pudiendo dar lugar a verdaderas oficinas de gestión (incluso comercialización) del voto. Por otra parte sería imposible evitar la compra de votos.
- Alguna persona argumentaba que no era justo que a quienes eligen a su representantes mediante elecciones, que no deseen tener que votar directamente, les disminuyese el poder de decisión de dichos representantes cuando fuesen otros los que votasen.
Tan sólo podemos decir que, al igual que es libre el ejercicio de la elección de representantes (y que alrededor del 30% de la gente no lo ejercita, con lo que se queda fuera de la dinámica parlamentaria), también sería libre el ejercicio del voto. Y al igual que no pueden quejarse aquéllos que no eligen porque no quieren, tampoco es justo que lo hagan los que no estarían dispuestos a votar porque no quieren.
- En cuanto a aquéllos que consideran que la gente no está preparada para votar y albergan miedo a que se decidan cosas como la pena de muerte, primero hemos de recordarle que existe un principio de legalidad y jerarquía en el ordenamiento jurídico, donde los Derechos Fundamentales y los Derechos Humanos conforman un límite infranqueable, por ejemplo, para las Leyes y Reglamentos.
Además esa consideración de la masa sin capacidad no la compartimos, ya que consideramos que la opinión y decisión de una persona normal será siempre más cercana a sus semejantes que la de alguien que vive en otro estatus y moviéndose en círculos sociales privilegiados.
Uno de los objetivos del derecho a voto real y permanente es construir una sociedad vigilante, que se informe y aprenda de los temas que rigen nuestras vidas. No ya sólo para corregir la trágica situación actual, sino para garantizar que no vuelva a suceder.
- Algunas apuntaban a aplicar «sobremétodos» a la propuesta inicial de derecho a voto real y permanente. Ya sea ejecutándola en los mismos términos de reparto de la Ley D’Hondt, creando un sistema de doble vuelta o asignando representantes (diputados) fijos a un grupo determinado de votantes.
La razón de no incorporarlas no responde tanto al fondo de las propuestas, que habría que estudiar en profundidad, sino a la complejidad intrínseca de las mismas, ya sea en su elaboración teórica, en su trasposición jurídica o en las necesidades pedagógicas que requerirían.
Estamos convencidos de que la simplicidad de las medidas es, en primeras fases, una ventaja de cara a su implementación.